ACUERDO Nº 1531-2023 - CM-

Adherir al “Régimen de comisiones de servicios y viáticos para magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial” aprobado por Acuerdo 3137.

 

Dictado el 23-06-23.-

Operador Digesto: M.L.E.

 

 

 

ACUERDO Nº 1531: En la ciudad de Santa Rosa, Capital d ela Provincia de La Pampa, a los 23 días de junio de dos mil veintitrés, se reúne en Acuerdo el Consejo de la Magistratura integrado por su Presidente, Dr. Fabricio Ildebrando Luis Losi y los Consejeros, Dr. Pablo Javier Boleas, Dip. Alicia Susana Mayoral y Dr. Enzo Adrián Rodriguez Dieguez, con la actuación del Secretario, Dr. Eduardo Oscar Collado.

ACORDARON:

Adecuar el régimen de liquidación de viáticos y reintegros de gastos.

Visto lo estatuído en el artículo 9º, último párrafo, del Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura y,

Considerando que los montos de viáticos en vigencia se encuentran establecidos por Acuerdo 1361 de fecha 28 de marzo de 2019 y no se adoptó metodología alguna para adecuarlos temporalmente.

Que en el ámbito del Superior Tribunal de Justicia, a través del Acuerdo 3137 se aprobó el “Régimen de comisiones de servicios y viáticos para magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial” y, complementariamente, por Acuerdo 3810 se establecieron los importes de viático diario y la aplicación de la metodología de adecuación automática, para las situaciones que demanden hasta un día y más de un día, tanto en el interior como fuera de la provincia.

Que con la finalidad de facilitar las tareas administrativas contables para las dependencias del Superior Tribunal de Justicia, en su asistencia al Consejo de la Magistratura, se considera conveniente unificar el sistema de liquidación de viáticos y gastos de movilidad en las comisiones de servicios de los integrantes del Consejo, de la Secretaría y del personal afectado al Consejo.

Por el ello, SE RESUELVE: Primero: Adherir al “Régimen de comisiones de servicios y viáticos para magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial” aprobado por Acuerdo 3137 con las modificaciones dispuestas por Acuerdo 3810 del Superior Tribunal de justicia y las que en el futuro se dispongan, para las comisiones de servicio, dentro y fuera de la provincia, a realizar por los miembros del Consejo, el Secretario Letrado o el personal afectado al Consejo.

Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los integrantes del Consejo arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.